Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional): Dicta en su Artículo 135 que toda edificación debe mantenerse libre de plagas. Es la base legal que obliga a los establecimientos y conjuntos residenciales a contratar estos servicios. Decreto: Es la norma principal que regula el uso, manejo, transporte y aplicación de plaguicidas en todo el territorio nacional. Establece los requisitos que deben cumplir las empresas de control de plagas para operar legalmente. Resolución 2674 de 2013: Obliga a los establecimientos que manipulan alimentos a implementar un Plan de Saneamiento Básico, el cual exige de forma obligatoria un programa documentado de control de plagas. Decreto: Regula las medidas ambientales y el desecho seguro de los residuos peligrosos derivados de los plaguicidas. Concepto Sanitario: Emitido por las Secretarías de Salud locales (como la Secretaría de Salud de Bogotá), valida que la empresa aplicadora cumple con las condiciones técnicas y de seguridad.
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Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional): Dicta en su Artículo 135 que toda edificación debe mantenerse libre de plagas. Es la base legal que obliga a los establecimientos y conjuntos residenciales a contratar estos servicios. Decreto: Es la norma principal que regula el uso, manejo, transporte y aplicación de plaguicidas en todo el territorio nacional. Establece los requisitos que deben cumplir las empresas de control de plagas para operar legalmente. Resolución 2674 de 2013: Obliga a los establecimientos que manipulan alimentos a implementar un Plan de Saneamiento Básico, el cual exige de forma obligatoria un programa documentado de control de plagas. Decreto: Regula las medidas ambientales y el desecho seguro de los residuos peligrosos derivados de los plaguicidas. Concepto Sanitario: Emitido por las Secretarías de Salud locales (como la Secretaría de Salud de Bogotá), valida que la empresa aplicadora cumple con las condiciones técnicas y de seguridad.




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